Norberto Berner se reunió con Ernesto Kreplak para observar como siguen avanzando los trabajos para que comience a funcionar este nuevo Registro Nacional “No Llame”. Ambas autoridades destacaron el esfuerzo que vienen realizando todas las áreas implicadas en el tema, y confiaron en que muy pronto entrará en vigencia.
Esta ley permite a los usuarios de telefonía, en cualquiera de sus modalidades, no recibir más ofertas o publicidades en sus líneas. La ley de aplicación en todo el territorio nacional da respuesta al sinnúmero de reclamos de los usuarios debido a la desazón producida por los llamados y mensajes no solicitados, y por la intromisión en la privacidad que implican.
De esta forma, el Estado Nacional contará con una nueva herramienta para proteger los derechos de los usuarios. Esta responsabilidad recaerá en el órgano de control que, desde hace más de una década, tiene a su cargo la efectiva aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326). Así, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, perteneciente a la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión Registral aplicará las sanciones previstas en observancia de lo dispuesto por la ley que regulará el nuevo Registro No Llame. Asimismo, la Secretaría de Comunicaciones continuará brindando asesoramiento técnico.
Dicha ley establece que podrá inscribirse en el registro “toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de los dispuesto en al artículo 27 de la ley 25.326”. La mencionada inscripción podrá realizarse a través de una línea 0800 o vía Internet, de manera gratuita y por medios sencillos y eficientes.
No podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional “No Llame” quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios utilizando como medio de contacto los servicios de telefonía. Por este motivo, deberán consultar las altas y bajas producidas en dicho Registro con una periodicidad de 30 días corridos. No obstante, en aquellos casos en que los titulares deseen dar de baja su inscripción, la solicitud tendrá efecto inmediato.
Entre las excepciones contempladas se encuentran las llamadas realizadas con motivo de: campañas de bien público, emergencia pública, campañas electorales de partidos políticos, y las que deben ser realizadas por razones contractuales (“siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación”).
Debido a su alcance nacional, el Registro No Llame asistirá a todos los usuarios que, tanto en el interior del país como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, continúan recibiendo llamadas y mensajes no solicitados, pese a encontrarse inscriptos en los registros habilitados en esas jurisdicciones.
En este sentido, se complementa con las políticas públicas dirigidas a contribuir con la protección de los derechos humanos y la privacidad de las personas.