La medida adoptada, pionera en la Argentina, se suma al reciente fallo pronunciado en la provincia de Mendoza donde se ordenó a la empresa Tekno Argentina la desinstalación del software no licenciado, pero a diferencia de este último la firma cordobesa deberá abstenerse de utilizar los programas que están instalados, sin sus licencias respectivas, hasta tanto no se dicte sentencia, conforme al artículo 79 de la ley de Propiedad Intelectual 11.723.
Lo innovador de la medida reside en la efectiva tutela del derecho de propiedad intelectual para el autor del software, avalada y promovida por los jueces argentinos, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales ya que impide la utilización y el usufructo del producto mientras se aguarda el dictado de sentencia.
“Esta acción es precursora en nuestro país y tiene un gran papel como evangelizadora de una nueva cultura de respeto por la propiedad intelectual para los autores de software como lo tienen otras industrias como la discográfica, del video y la literatura, entre otras” explicó el Dr. Martín Carranza Torres, titular de Carranza Torres & Asociados, uno de los estudios jurídicos de la Business Software Alliance Argentina.
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