La iniciativa, periodísticamente conocida como “Ley de Obesidad” es demandada también mediáticamente por el programa “Cuestión de Peso” de la televisión abierta como parte de las modificaciones esperadas por el sector. Tras escuchar extensamente esos planteos, un plenario de las comisiones de Acción Social y Salud Pública y Prevención de Adicción y control del Narcotráfico de la Cámara baja le dio dictamen definitivo.
El proyecto, que ya obtuvo media sanción en el Senado el 28 de Noviembre pasado y fue largamente analizado en Diputados, establece un status clave para la problemática al declarar “de interés nacional la prevención y el control de los trastornos alimentarios y otras cuestiones conexas” por lo que se obliga a las obras sociales y de medicina prepaga a brindarles cobertura médica asistencial integral.
Cabe aclarar que dicha declaración abarca a la prevención y control de los trastornos alimenticios entendiendo por estos a la obesidad, la bulimia, la anorexia nerviosa y las demás enfermedades que la reglamentación determine como vinculadas con la ingesta alimenticia.
Y que en su artículo 17, la norma especifica que “los proveedores de bienes o servicios de salud con destino al público en general “no se podrán negar, ante el requerimiento de una persona obesa a proporcionar el bien o servicio solicitado”.
En ese sentido, la propuesta parlamentaria especifica que los prestadores de salud y obras sociales quedarán obligados a brindar servicios “que incluirán los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaría e integral de las enfermedades producidas por la mala alimentación”.
El proyecto crea además el “Programa Nacional de Prevención y Control de los Trastornos Alimentarios”, un organismo que tendrá a su cargo la instrumentación de campañas informativas sobre trastornos alimentarios. Y también instruye al Ministerio de Salud de la Nación en la creación de un plan de Educación Alimentaria Nutricional (EAN) y su incorporación a todos los niveles de la educación.
Por último, entre otras disposiciones, la norma prohíbe la publicación y/o difusión en medios de comunicación de dietas o métodos para adelgazar que no conlleven aval médico y en cuanto a los productos dietarios su publicidad deberá dirigirse a mayores de 21 años debiendo ser protagonizados por personas mayores de edad.
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