Con el objetivo de contribuir al sostenimiento de instituciones no estatales sin fines de lucro dedicadas al desarrollo, gestión y administración de proyectos de investigación científica y tecnológica en el país, y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 23.877 de Promoción y Fomento a la Innovación Tecnológica, a través de la Subsecretaría de Coordinación Institucional de la SACT, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva adjudicará $9.000.000 en subsidios institucionales.
El presupuesto del Programa de Subsidios Institucionales abarca a todas las instituciones beneficiarias, y deberá utilizarse para el financiamiento de gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de actividades científicas.
Se entiende por gastos de funcionamiento a: servicios generales y servicios centrales; salarios o servicios del personal de administración; alquileres y gastos básicos de mantenimiento edilicio; gastos de derechos aduaneros e insumos o gastos de edición de publicaciones.
No están comprendidos: la compra de equipamiento científico; el pago de becas y salarios u honorarios de investigadores y personal de apoyo no administrativo; las mejoras edilicias y de infraestructura general ni los gastos directos de ejecución de proyectos de investigación científica tecnológica.
Los destinatarios de la convocatoria serán calificados según se trate de instituciones que realicen investigación científica y tecnológica o establecimientos que gestionen o administren proyectos de investigación financiados por organismos nacionales e internacionales, articulando el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación público con demandas productivas y sociales.
En ambos casos, las instituciones deberán estar radicadas en el país y contar con personería jurídica no menor a cinco años de antigüedad; no depender económica ni institucionalmente de universidades u organismos públicos de ciencia y tecnología y no estar vinculadas económica ni legalmente a una empresa o grupo de empresas privadas.
Además, según corresponda, deberán cumplir con condiciones específicas como: demostrar la existencia de otras fuentes de financiación para cubrir otras necesidades de funcionamiento; poseer proyectos de investigación científico-tecnológica acreditados; formar recursos humanos; acreditar convenios con organismos de investigación en ciencia y tecnología y demostrar continuidad en las actividades de su objeto social durante los últimos cinco años.