En la jornada, de la que participaron unas 200 personas, disertaron Roberto Arias, director adjunto de Fiscalización de Rentas de la provincia de Buenos Aires, Héctor Grosso, jefe del Departamento de Normas y Programas de Fiscalización de dicho organismo, Alberto Serrano, presidente del Departamento de Política Fiscal y Tributaria de la Coordinadora de Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), y Raúl Blanco, especialista del Departamento de EDI Sistemas de GS1.
Con una asistencia récord, cercana a los 200 participantes, se llevó a cabo el quinto desayuno de actualización y capacitación del año, organizado por la Asociación Argentina de Logística Empresaria (ARLOG) el 8 de agosto pasado en el hotel Sheraton de la ciudad de Buenos Aires.
Desde el 3 de julio pasado, la Dirección Provincial de Rentas de la provincia de Buenos Aires reglamentó la obligación de amparar el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial mediante el Código de Operaciones de Traslado (COT), dispuesto en la Ley 13.405, aprobada en diciembre del año pasado.
Esta normativa, por ahora, abarca a la carne, los combustibles líquidos y los cueros transportados cuyos lugares de origen y destino estén ubicados dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires, exceptuando las empresas que no superen las cantidades o montos establecidas en el COT. Mediante el nuevo sistema se obtendrá información detallada de cada operación de traslado de bienes por territorio provincial y se estimará el flujo físico, permitiendo diversos cruces orientados a determinar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los involucrados en la operación, así como para controles de mercadería en tránsito.
Los representantes de Rentas bonaerense, Roberto Arias y Héctor Grosso aprovecharon la ocasión para describir las características del COT: “La ley dispone que el COT debe ser obtenido por el poseedor de los bienes. Y establece que la obligación de amparar el transporte o traslado de bienes alcance exclusivamente a determinados bienes”. Se trata de un número que debe solicitarse, vía telefónica o por Internet, para cada traslado. El control de mercadería en tránsito se realiza únicamente sobre empresas gravadas con el impuesto a los ingresos brutos y que declaran sumas superiores a los 5 millones de pesos.
Arias aclaró que mediante el sistema se obtendrá información detallada de cada operación de transporte o traslado de bienes por territorio provincial. “El número de COT debe ser exhibido o informado ante el requerimiento de Rentas. Y tiene una vigencia limitada, en función a la fecha estimada de entrega determinada conforme a la distancia a recorrer entre el lugar de origen y el destino final. Son objeto de multas quienes no completen la información en el plazo establecido”.
{mosimage}El cronograma de implementación continuará en setiembre para los insumos de la construcción; en octubre, para las grandes empresas y la minería; en noviembre, para los alimentos, bebidas y el tabaco. Para el 2007 se prevé la aplicación en el resto de los sectores. Mientras, se escuchan voces de la industria, el comercio y el transporte advirtiendo que la implementación está generando inconvenientes operativos que afectan las operaciones logísticas y comerciales.
Alberto Serrano, presidente del Departamento de Política Fiscal y Tributaria de la COPAL, reflejó su preocupación por la complejidad del uso del remito electrónico para un sector tan grande y diverso que maneja cerca de 500 camiones diarios, transportando mercaderías de productos de consumo masivo al vendedor minorista. Además, resaltó que otro problema es el canal de transmisión. “Cada empresa deberá evaluar su propio sistema de transmisión de información o evaluar si toma el servicio de un tercero. Tenemos sólo 60 días y hay que trabajar”.
El COT tiene dos áreas, una hacia afuera de la compañía, que es el reporte de la mercadería que se va a transportar destinada a la venta, y otra interna, que representa el abastecimiento. La obligación no se refiere sólo a la venta del producto final sino también a todos los bienes que se transportan a esa compañía incluyendo el abastecimiento.
A modo de conclusión, Serrano expresó que el sector privado necesita hacer pruebas antes de la vigencia del régimen. “La fecha de octubre debería estar condicionada a la prueba real de la operación de nuestros centros logísticos. Estamos desarrollando ideas a partir del remito electrónico que deberían ser volcadas en un marco normativo que claramente reconozca las situaciones particulares que se puedan presentar”.
Por último, Raúl Blanco, de GS1, señaló que “el sistema EDI (de intercambio electrónico de documentos comerciales en formato estandarizado) facilita la implementación del COT”. Y agregó que los pasos a seguir deberían ser: “acordar las posiciones dentro del documento estándar que utilizará los datos necesarios para el COT, la prueba piloto y la puesta en marcha. Si hay que generar remitos electrónicos, utilicemos el estándar. Esto ayudará a reducir los costos de la implementación”.
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