El Código Consolidado ICC en Materia de Publicidad y Marketing, lanzado hoy y publicado online, constituye la base para los sistemas de autorregulación nacionales que supervisan las prácticas de marketing y ofrece a los consumidores un acceso sencillo para presentar quejas y corregir problemas.
El Código se publicó hoy en un coloquio internacional sobre publicidad responsable organizado por el Consejo de Autorregulación Publicitaria (CONARP) argentino con motivo de la Vª Reunión Anual de la CONARED, la Asociación de Organismos de Autorregulación Publicitaria de América Latina, que este año se celebra en nuestro país.
“Nuestro Código Consolidado es reconocido como la norma de excelencia para la autorregulación”, expresó John Manfredi, el Presidente de la Comisión de Marketing y Publicidad de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) y Presidente de Manloy Associates en los EE.UU. “Este nuevo Código amplía el ámbito y el alcance de los esfuerzos globales con normas que abarcan los derechos del consumidor y las responsabilidades de las empresas en la Web, así como la protección de niños en Internet, y establece parámetros para la publicidad dirigida a ellos y la protección de la privacidad y la información personal de los consumidores”.
“Para lograr que este código fuera accesible para todos, lanzamos un sitio web – www.codescentre.com – destinado a la autorregulación en todos los niveles – global, nacional y regional. Será útil para empresarios, entes reguladores, organismos de autorregulación y académicos, así como para los consumidores. El objetivo es generar confianza en la autorregulación mediante el establecimiento de elevados estándares de marketing”, expresó Manfredi.
El Código establece los «sí» y «no» de muchos problemas de marketing actuales y complejos, entre los cuales se incluyen:
· El establecimiento de restricciones y límites para la Publicidad online basada en el comportamiento (OBA) que responda a perfiles de interés creados mediante el seguimiento de los hábitos de navegación en Internet de los consumidores;
· El establecimiento de restricciones para productos que puedan ofrecerse a niños y la información que se recopila de ellos;
· La especificación de principios para la realización de claims ambientales responsables de marketing y la creación de comunicaciones responsables sobre alimentos y bebidas;
· El establecimiento de estándares para el comportamiento ético y la transparencia en las comunicaciones digitales para los responsables de las nuevas tecnologías, incluidos los operadores de comunicaciones móviles, los motores de búsqueda, los desarrolladores de aplicaciones, los que suman información y los recopiladores de datos;
· La protección de la privacidad de los consumidores con pautas claras sobre los derechos de los consumidores, incluido el derecho de saber qué información es adquirida por un auspiciante y las normas para la recopilación, el uso y la protección de la información personal una vez recopilada.
“Este Código refleja el compromiso de las empresas de todos los sectores de la industria y de todas las regiones del mundo hacia el marketing y la publicidad responsables”, afirmó Jean-Guy Carrier, Secretario General del ICC.
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